Artículo 7.1010.- Si el fiador cayere en estado de insolvencia, puede el acreedor pedir otro que reúna las cualidades exigidas anteriormente.
Consecuencias de no dar o reemplazar fiador
TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO I De la Fianza en General
Artículo 7.1010.- Si el fiador cayere en estado de insolvencia, puede el acreedor pedir otro que reúna las cualidades exigidas anteriormente.
Consecuencias de no dar o reemplazar fiador
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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