Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.221

TITULO SEPTIMO De las Diferentes Especies de Obligaciones · CAPITULO III De las Obligaciones Facultativas

Artículo 7.221.- La falta de prestación del hecho se regirá por lo dispuesto en capítulo relativo a las obligaciones de hacer o no hacer.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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