Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.40

TITULO SEGUNDO De los Contratos en General · CAPITULO I De los Contratos

Artículo 7.40.- El capaz para contratar, puede hacerlo por sí o por medio de otro legalmente autorizado.

Autorización para contratar a nombre de otro

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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