Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.484

TITULO DECIMO · CAPITULO V De la Prescripción Extintiva

Artículo 7.484.- La interrupción de la prescripción contra el deudor principal produce los mismos efectos contra su fiador.

Requisitos para que se interrumpa la obligación para deudores mancomunados

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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