Código Civil del Estado de México · Estado de México
Artículo 7.500
TITULO UNICO De la Concurrencia y Prelación · CAPITULO I Disposiciones Generales
Artículo 7.500.- Si los acreedores hipotecarios o pignoraticios optan por tener voz y voto, serán comprendidos en las esperas o quitas que la junta acuerde, sin perjuicio del lugar y grado que corresponda al título de su crédito.
Incumplimiento del convenio por el concursado
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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