Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.55

TITULO SEGUNDO De los Contratos en General · CAPITULO V Vicios del Consentimiento

Artículo 7.55. - Cuando alguno explotando la ignorancia, inexperiencia, miseria o el estado de necesidad de otro, obtiene un lucro excesivo que sea evidentemente desproporcionado a lo que él, por su parte se obliga, el perjudicado tiene derecho de pedir la nulidad del contrato o en su caso la reducción equitativa de su obligación.

Concepto de dolo y mala fe

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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