Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.565

TITULO SEGUNDO De la Compraventa · CAPITULO V De la Entrega del Bien Vendido

Artículo 7.565.- Los gastos de la entrega del bien vendido son a cargo del vendedor, y los de su transporte o traslación, por cuenta del comprador, salvo convenio e n contrario.

Vendedor no obligado a entregar el bien

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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