Artículo 7.565.- Los gastos de la entrega del bien vendido son a cargo del vendedor, y los de su transporte o traslación, por cuenta del comprador, salvo convenio e n contrario.
Vendedor no obligado a entregar el bien
TITULO SEGUNDO De la Compraventa · CAPITULO V De la Entrega del Bien Vendido
Artículo 7.565.- Los gastos de la entrega del bien vendido son a cargo del vendedor, y los de su transporte o traslación, por cuenta del comprador, salvo convenio e n contrario.
Vendedor no obligado a entregar el bien
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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