Artículo 7.58.- Si ambas partes proceden con dolo o mala fe, ninguna de ellas puede alegar la nulidad del acto.
Nulidad del contrato por violencia
TITULO SEGUNDO De los Contratos en General · CAPITULO V Vicios del Consentimiento
Artículo 7.58.- Si ambas partes proceden con dolo o mala fe, ninguna de ellas puede alegar la nulidad del acto.
Nulidad del contrato por violencia
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.