Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.67

TITULO SEGUNDO De los Contratos en General · CAPITULO V Vicios del Consentimiento

Artículo 7.67. - Los bienes futuros pueden ser objeto de un contrato. Sin embargo, no puede serlo la herencia de una persona viva, aún cuando ésta preste su consentimiento.

Características del hecho objeto del contrato

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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