Artículo 7.697.- La renta se pagará en los plazos convenidos, a falta de convenio por mensualidades vencida s.
Monto del incremento de la renta
TITULO SEXTO Del Arrendamiento · CAPITULO IV Disposiciones Especiales para Arrendamiento de Bienes
Artículo 7.697.- La renta se pagará en los plazos convenidos, a falta de convenio por mensualidades vencida s.
Monto del incremento de la renta
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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