Artículo 7.698.- En la novación del contrato de arrendamiento de vivienda, el incremento de la renta no podrá exceder del diez por ciento.
Artículo 7.698
TITULO SEXTO Del Arrendamiento · CAPITULO IV Disposiciones Especiales para Arrendamiento de Bienes
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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