Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.88

TITULO SEGUNDO De los Contratos en General · CAPITULO IX De las Cláusulas que pueden

Artículo 7.88. - Si la modificación no pudiera ser exactamente proporcional, el Juez reducirá la pena de una manera equitativa, teniendo en cuenta las circunstancias de la obligación.

Elección de cumplimiento o pago de pena

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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