Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.946

TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO II De las Sociedades

Artículo 7.946.- Si sólo se hubi ere pactado lo que debe corresponder a los socios por utilidades, en la misma proporción responderán de las pérdidas.

Aportación de industria

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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