Artículo 7.946.- Si sólo se hubi ere pactado lo que debe corresponder a los socios por utilidades, en la misma proporción responderán de las pérdidas.
Aportación de industria
TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO II De las Sociedades
Artículo 7.946.- Si sólo se hubi ere pactado lo que debe corresponder a los socios por utilidades, en la misma proporción responderán de las pérdidas.
Aportación de industria
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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