Código Civil del Estado de México · Estado de México

Artículo 7.948

TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO II De las Sociedades

Artículo 7.948.- Si el socio industrial hubiere contribuido también con cierto capital, se considerarán éste y la industria separadamente.

Socios capitalistas e industriales

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.

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