Artículo 7.952.- El contrato de aparcería puede celebrarse por escrito o verbalmente.
Aparcería agrícola
TITULO DECIMO Del Contrato de Prestación de Servicios · CAPITULO II De las Sociedades
Artículo 7.952.- El contrato de aparcería puede celebrarse por escrito o verbalmente.
Aparcería agrícola
Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: ceavem.edomex.gob.mx.
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