Artículo 1193.- No producirá efecto el legado, si por acto del testador se pierde el bien legado o varía la forma y denominación que lo determinaban.
Artículo 1193
TITULO PRIMERO De la sucesión por testamento
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.