Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero (Núm. 358) · Guerrero

Artículo 1672

TITULO PRIMERO De las fuentes de las obligaciones

Artículo 1672.- Será aleatorio el contrato cuando la prestación debida dependa de un acontecimiento incierto que haga que no sea posible la valoración de la ganancia o pérdida hasta que este acontecimiento se realice.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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