Artículo 2818.- La asamblea general resolverá:
I. Sobre la admisión y exclusión de asociados;
II. Sobre la disolución anticipada de la asociación o sobre su prórroga por más tiempo del fijado en los estatutos;
III. Sobre el nombramiento de los miembros de la mesa directiva, cuando no hayan sido designados en los estatutos, o cuando el mandato de los designados hubiere terminado;
IV. Sobre la revocación de los nombramientos de los directivos; y
V. Sobre los demás asuntos que le encomienden los estatutos o le solicite un mínimo del cinco por ciento de los asociados.