Artículo 495.- La filiación es el vínculo jurídico existentes entre los padres y los hijos. Que confiere e impone derechos, deberes y obligaciones establecidas por la ley.
Artículo 495
TÍTULO SEGUNDO Del matrimonio
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.
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