Artículo 119. La copia de la sentencia o resolución del divorcio se archivará con el mismo número del acta de matrimonio. Si las actas de nacimiento de los divorciados se encuentran en otra Oficina del Registro Civil, dentro de la República, pero fuera del Estado de
Guanajuato, el Oficial del Registro Civil deberá enviar aviso a esa oficina, solicitándole hacer las anotaciones correspondientes en las citadas actas.
Artículo reformado P.O. 27-12-2011