Artículo 140. La tramitación del asentamiento de actas del Registro Civil, así como su rectificación, realizadas de manera fraudulenta, provocará su nulidad absoluta, con independencia de la responsabilidad penal de quienes hayan intervenido dolosamente en el acto.
Artículo reformado P.O. 27-12-2011
Sección Segunda
De las rectificaciones judiciales de las actas del estado civil
Sección adicionada P.O. 27-12-2011