Artículo 2007. El comodato es un contrato por el cual uno de los contratantes se obliga a conceder gratuitamente el uso de un inmueble, o de un mueble, y el otro contrae la obligación de restituirlo individualmente.
Artículo 2007
TÍTULO SÉPTIMO DEL COMODATO
Última reforma de esta ley incorporada: 24 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicial-gto.gob.mx.
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