Código Civil para el Estado de Guanajuato · Guanajuato

Artículo 2679

TÍTULO SEGUNDO DE LA SUCESIÓN POR TESTAMENTO

Artículo 2679. En los legados alternativos se observará además, lo dispuesto para las obligaciones alternativas.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de septiembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicial-gto.gob.mx.

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