Artículo 1210.- Prescripción es un medio de adquirir bienes o de librarse de obligaciones, mediante el transcurso de cierto tiempo y bajo las condiciones establecidas por la ley.
Artículo 1210
TITULO SEXTO DE LAS SERVIDUMBRES · CAPITULO IX De la extinción de las servidumbres
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.
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