Código Civil para el Estado de Hidalgo · Hidalgo

Artículo 2890

TITULO DECIMO DEL CONTRATO DE PRESTACION DE SERVICIOS · CAPITULO VI De la fianza legal o judicial

Artículo 2890.- La anticresis confiere al acreedor estos derechos:

I.- De retener el inmueble hasta que la deuda sea pagada íntegramente, salvo el derecho especial adquirido por un tercero sobre el inmueble por efecto de hipoteca anteriormente registrada;

II.- De transferir a otro, bajo su responsabilidad, el usufructo y administración de la cosa si no hubiere estipulación en contrario, respetando siempre el plazo señalado para la terminación de la anticresis;

III.- Defender sus derechos contra tercero, con las acciones posesorias.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2025. Fuente oficial: congreso-hidalgo.gob.mx.

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