Código Civil del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 1447

TÍTULO PRIMERO Fuentes de las obligaciones · CAPÍTULO VIII De las ventas por autoridad

Artículo 1447 .- La obligación es condicional cuando su nacimiento o su resolución dependen de un acontecimiento futuro e incierto.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.

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