Código Civil del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 2115

TÍTULO SEXTO Del arrendamiento · CAPÍTULO IX Del arrendamiento de vehículos automotores

Artículo 2115.- El contrato de arrendamiento de vehículos automotores, además de los requisitos del arrendamiento ordinario, deberá contener:

I. Lugar de entrega del vehículo;

II. Costo del arrendamiento y posibilidad de que se incremente el mismo en función del kilometraje recorrido;

III. Epoca del pago;

IV. Si existirá o no garantía adicional al seguro que debe contratar el arrendatario;

V. Objeto o fin para el cual se utilizará el vehículo automotor arrendado;

VI. Inventario del vehículo y descripción de los implementos especiales o adicionales que contenga, tales como aire acondicionado, herramientas, aparatos de sonido, o cualquier otro aparato que se encuentre en el vehículo arrendado, para ser revisado al momento de recepción y entrega del vehículo;

VII. Area en la cual se permite que circule el vehículo arrendado;

VIII. Si lo hay, límite de kilometraje diario o total que puede recorrer el vehículo;

IX. Mención de los daños y raspaduras que tenga el vehículo;

X. Fecha y lugar de recepción del vehículo; y

XI. La mención del tipo de seguro que contratará el arrendatario para asegurar el vehículo materia del contrato.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.

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