Artículo 2481.- Solamente quien tiene la libre disposición de los bienes con los que se constituye la garantía, puede darlos en prenda.
Artículo 2481
TÍTULO DECIMO De los contratos de prestación de servicios · CAPÍTULO I Disposiciones generales
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
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