Código Civil del Estado de Jalisco · Jalisco

Artículo 2503

TÍTULO DECIMO De los contratos de prestación de servicios · CAPÍTULO IV Derechos y obligaciones del acreedor y deudor pignoraticios

Artículo 2503.- Si el acreedor abusa del bien empeñado, el deudor puede exigir que éste se deposite o que aquél constituya fianza que asegure la restitución en el estado en que la recibió.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.

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