Artículo 4º .- Cuando haya conflicto de derechos, a falta de ley que sea aplicable, la controversia se decidirá en favor de quien trate de evitarse perjuicios, y no en favor del que pretenda obtener un lucro.
Artículo 4
El hombre y la mujer tienen el derecho de fundar una familia y de decidir con libertad y responsabilidad el número de hijos que quieren tener.