Artículo 448 .- En los juicios sobre alimentos la sentencia condenará al pago de los alimentos presentes y aseguramiento de los futuros, dicho aseguramiento podrá consistir en hipoteca, prenda, fianza, depósito o cualquier otro medio legal de cantidad bastante para cubrir los mismos.
Artículo 448
TÍTULO QUINTO Del Parentesco y de los Alimentos · CAPÍTULO II De los Alimentos
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
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