Artículo 584 .- Cuando por causa de investigación de la maternidad o de la paternidad, alguien haya sido declarado como hijo, el juez decidirá a quién corresponde la patria potestad y custodia.
Artículo 584
TITULO OCTAVO De la patria potestad · CAPITULO I Disposiciones generales
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.