Artículo 694 .- La obligación de hacer inventarios no puede ser dispensada ni aún por los que tienen derecho de nombrar tutor testamentario.
Artículo 694
TÍTULO NOVENO De la Tutela y la Representación · CAPÍTULO X De la Tutela del Menor
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: transparencia.info.jalisco.gob.mx.
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