Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 172

TITULO QUINTO Del matrimonio y de la violencia familiar · CAPITULO II De los derechos y obligaciones que nacen del matrimonio

Artículo 172. El marido y la mujer, durante el matrimonio, podrán ejercitar los derechos y acciones que tengan el uno contra el otro; pero la prescripción entre ellos no corre mientras dure el matrimonio.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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