Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 1754

TITULO PRIMERO Fuentes de las obligaciones · CAPITULO III Del enriquecimiento ilegítimo

Artículo 1754. El que sin mandato y sin estar obligado a ello se encarga de un asunto de otro, debe obrar conforme a los intereses del dueño del negocio.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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