Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán

Artículo 2733

TITULO DECIMO Del contrato de prestación de servicios · CAPITULO I De la hipoteca en general

Artículo 2733. El propietario cuyo derecho sea condicional o de cualquiera otra manera limitado, deberá declarar en el contrato la naturaleza de su propiedad, si la conoce.

Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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