Código Civil para el Estado de Michoacán de Ocampo · Michoacán
Artículo 2734
TITULO DECIMO Del contrato de prestación de servicios · CAPITULO I De la hipoteca en general
Artículo 2734. Si el inmueble hipotecado se hiciere, con o sin culpa del deudor, insuficiente para la seguridad de la deuda, podrá el acreedor exigir que se mejore la hipoteca hasta que a juicio de peritos garantice debidamente la obligación principal.
La insuficiencia se sujetará a juicio de peritos.
Última reforma de esta ley incorporada: 7 de abril de 2003. Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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