ARTICULO 1428.- OBJETO DE LAS OBLIGACIONES DE DAR O PRESTACIONES DE BIENES. Las obligaciones de dar o prestaciones de bienes pueden consistir: I.- En la traslación del dominio; II.- En la enajenación temporal del uso o goce de los bienes por derecho real o personal; y III.- En la restitución del bien ajeno o pago de cosa debida.
Artículo 1428
TITULO SEGUNDO · CAPITULO V
Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
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