ARTICULO 1523.- NULIDAD DEL PACTO QUE EXIME DE LA EVICCION. Es nulo todo pacto que exima al que enajena de responder por la evicción, siempre que hubiere mala fe de parte suya. 284
Artículo 1523
TITULO CUARTO · CAPITULO IV
Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
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