ARTICULO 1635.- CARACTER CONTRACTUAL DE LA NOVACION. La novación es un contrato, y como tal, está sujeto a las disposiciones respectivas, salvo las modificaciones de los artículos siguientes.
Artículo 1635
TITULO QUINTO · CAPITULO III
Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
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