Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 2051

TITULO NOVENO · CAPITULO VI

ARTICULO 2051.- APLICACION DE LA LE FEDERAL DEL TRABAJO A LOS CONTRATOS DE PRESTACION DE SERVICIOS DE ESTE CAPITULO. El servicio doméstico, el servicio por jornal y el servicio a precio alzado en el que el operario sólo pone su trabajo se regirán por la Ley Federal del Trabajo. CAPITULO II DE LA PRESTACION DE SERVICIOS PROFESIONALES

Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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