Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 2064

TITULO DECIMO · CAPITULO III

ARTICULO 2064.- FORMA EN EL CONTRATO DE OBRA A PRECIO ALZADO. Siempre que el empresario se encargue por ajuste cerrado de la obra en cosa inmueble cuyo valor sea de más de cincuenta veces el salario mínimo diario general vigente en el Estado de Morelos, se otorgará contrato por escrito, incluyéndose en él una descripción pormenorizada, y en los casos que lo requieran, un plano, diseño o presupuesto de la obra.

Última reforma de esta ley incorporada: 11 de diciembre de 2008. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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