Código Civil para el Estado de Nayarit · Nayarit

Artículo 1498

TITULO CUARTO EFECTOS DE LAS OBLIGACIONES · CAPITULO II DE LA EVICCIÓN Y SANEAMIENTO

Artículo 1498 .- El fallo judicial impone al que enajena la obligación de indemnizar en los términos siguientes.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.

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