Artículo 503 .- Si el que teniendo excusa legítima para ser tutor acepta el cargo, renuncia por el mismo hecho a la excusa que le concede la ley.
Artículo 503
TITULO NOVENO DE LA TUTELA · CAPITULO VIII DE LAS EXCUSAS PARA EL DESEMPEÑO DE LA TUTELA
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresonayarit.gob.mx.
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