Artículo 1826 .- El plazo en las obligaciones se contará de la manera prevenida en los artículos: 1178 al 1182.
Artículo 1826
TITULO SEGUNDO Modalidades de las obligaciones · CAPITULO I De las obligaciones condicionales
Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.
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