Código Civil para el Estado de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 2340

TITULO SEXTO Del arrendamiento · CAPITULO V Del arrendamiento de las fincas rústicas

Artículo 2340.- Son aplicables al arrendamiento de bienes muebles las disposiciones de este título que sean compatibles con la naturaleza de esos bienes.

Última reforma de esta ley incorporada: 2 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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