Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 1252

CAPITULO UNDECIMO DERECHO REAL DE USUFRUCTO

Artículo 1252.- La servidumbre es un derecho real, impuesto sobre un inmueble, para servicio de otro, perteneciente a distinto dueño y en provecho de éste.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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