Artículo 1330.- El no uso parcial de la servidumbre produce el mismo efecto extintivo que el no uso total y la extingue en la parte que no fue usada.
Artículo 1330
CAPITULO DUODECIMO
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.
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