Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 1372

CAPITULO DUODECIMO

Artículo 1372.- Es poseedor de mala fe:

I.- El que entra en la posesión sin título para poseer;

II.- El que sin fundamento legal cree que tiene título para poseer;

III.- El que sabe que su título es insuficiente;

IV.- El que despoja a otro furtiva o violentamente de la posesión en que se halla, aunque el despojado no sea el propietario del bien.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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