Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla · Puebla

Artículo 1745

CAPITULO DUODECIMO OBLIGACIONES DE HACER O DE NO HACER

Artículo 1745.- Los contratantes pueden aumentar o disminuir convencionalmente los efectos de la evicción, y aun convenir en que ésta no se preste en ningún caso.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: gobiernoabierto.pueblacapital.gob.mx.

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